Obligaciones de publicidad para beneficiarios del Programa PREE en Andalucía

Conforme a la publicación de la Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se aprueba la modificación de la convocatoria de 26 de octubre de 2020, de los incentivos para la rehabilitación energética de edificios existentes en Andalucía acogidos al Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto, se ha llevado a cabo la actualización de las obligaciones de publicidad para personas o entidades beneficiarias del Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes. 

En este sentido, deberán cumplir con los requisitos de publicidad relativos al fondo de financiación de la Unión Europea que aparecerá expresamente recogido en la correspondiente resolución de concesión, según provengan del: Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) en el marco del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (POPE) o a través de los Fondos "Next GenerationEU" en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

A continuación, se recogen las obligaciones de publicidad de beneficiarios según la fuente de financiación.

Los beneficiarios, para dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad del Programa Operativo Pluriregional de España 2014-2020, deberán incluir la información o publicidad sobre el incentivo concedido por la Agencia Andaluza de la Energía y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), conforme a las indicaciones de publicidad que se indican a continuación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 sobre publicidad de las bases reguladoras del Programa PREE (Real Decreto 737/2020 del 4 de agosto, por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de Rehabilitación Energética en Edificios Existentes (PREE)):

  • Deberán colocar y mantener un cartel de carácter permanente en un lugar bien visible para el público, por ejemplo, la entrada de un edificio, de un tamaño mínimo A3desde el inicio del proyecto o actuación objeto de cofinanciación. En dicho cartel/placa constará claramente el título del proyecto y la denominación e imagen del Programa, debiendo hacer referencia a la ayuda económica otorgada por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética, a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), la Agencia Andaluza de la Energía y, en su caso, de la Unión Europea, incluyendo el logo de la UE y el lema «Una manera de hacer Europa», conforme a las siguientes Indicaciones para cartel/placa publicitaria. Se facilita Modelo de cartel/placa publicitaria editable para su impresión no profesional  y Modelo de cartel/ placa publicitario para imprenta.
  • En el caso de que la actuación de la subvención consista en una infraestructura o trabajo de construcción y la subvención sea superior a 500.000 euros, el beneficiario deberá colocar un cartel, tamaño mínimo A2, en el enclave de las operaciones (según indicaciones anexasdurante la ejecución de la actuación. Una vez finalizada la ejecución de la actuación subvencionada, este cartel deberá ser sustituido por la anteriormente referida placa en un plazo máximo de 3 meses.

Opcionalmente, para obras que requieran la instalación de andamios exteriores, se podrá complementar la información referente a la ayuda del Fondo Europeo, con la instalación de un cartel o lona, de carácter temporal, fijado en el andamio o instalación que recubra la fachada del edificio mientras dure la obra, y en todo caso conforme a lo dispuesto y de acuerdo a las ordenanzas municipales correspondientes. El cartel deberá tener un tamaño suficiente para que sea perfectamente visible y legible e incluir claramente el título del proyecto y la denominación e imagen del Programa y mencionar la ayuda económica otorgada por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética,  a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), la Agencia Andaluza de la Energía y, en su caso, de la Unión Europea, incluyendo el emblema de la UE y el lema «Una manera de hacer Europa». Ejemplos de cartel de andamio y lona.

Tanto el cartel como la lona pueden ser compatibles con patrocinios publicitarios, pero un porcentaje importante del mismo se debe de dedicar a la información sobre la ayuda del Fondo Europeo, y ocupar el lugar más visible y legible para el público.

  • Así mismo, todos los beneficiarios deberán incluir, en el caso de disponer de una web corporativauna breve descripción de la operación, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea.
  • Los organismos y entidades públicas beneficiarios de incentivos gestionados a través de la Agencia Andaluza de la Energía que están sujetos a la ley de contratación pública deben llevar la publicidad de Fondos FEDER en toda la documentación del expediente de contratación referido a la actuación incentivada (convocatorias de ayudas; formularios de solicitudes de ayudas; notificaciones de concesión; anuncios de licitación; pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas; contratos administrativos; trabajos presentados por el contratista, como estudios, informes, encuestas, otros; convenios de colaboración).

En este sentido, deben colocar en la portada de dichos documentos los logos según el ejemplo que se muestra: en la parte superior el logo del organismo beneficiario y en la parte inferior los logos referentes a la Agencia Andaluza de la Energía, al IDAE y a los Fondos FEDER como cofinanciadores. En el resto de páginas, deberá aparecer, en el margen superior derecho, el logo de FEDER y, en el izquierdo, el del beneficiario, en tamaños similares (ejemplo de documentos).​

  • Además, el beneficiario deberá proporcionar a la Agencia Andaluza de la Energía y el IDAE la información necesaria para su inclusión en la lista pública de operaciones que será objeto de publicación electrónica o por otros medios.

 

Toda referencia a una actuación incentivada a través del Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes en publicaciones, actividades de difusión, páginas web y, en general, en cualesquier medio de difusión, además de lo dispuesto en el artículo 21 sobre publicidad de las bases reguladoras del Programa PREE (Real Decreto 737/2020 del 4 de agosto), deberá incorporar la referencia o imagen del Programa conforme a las indicaciones de publicidad que se indican a continuación, de acuerdo a lo establecido en el punto 2 del artículo 34 del  Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), y del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre por el que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, relativos a las actividades de comunicación, información y publicidad que deben llevar a cabo los estados miembros en relación con los Fondos Europeos; así como en el resuelve “Decimotercero. Publicidad de los incentivos”, de la referida Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Agencia Andaluza de la Energía.

A este respecto, deberán hacer una referencia expresa a que la actuación ha sido subvencionada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico dentro del Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes gestionado por la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de la Energía. Además, siempre deberá mencionarse la cofinanciación por la Unión Europea con fondos – NextGenerationEU en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Los beneficiarios de ayudas, deberán cumplir las siguientes medidas de información y publicidad, durante la realización de una operación: 

  • Si la subvención es inferior a 500.000 €, el destinatario último de las ayudas deberá colocar al comienzo de la operación placas o vallas publicitarias resistentes, de un tamaño mínimo A3, o una pantalla electrónica equivalente, en un lugar bien visible para el público, con información sobre el proyecto, en el que se mencionará la cofinanciación de la Unión Europea, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el IDAE y la Junta de Andalucía, conforme al modelo de cartel/placa establecido, que deberá permanecer por un periodo de, al menos, 4 años.
  • Si la subvención es superior a 500.000 €, deberá colocar al comienzo de la operación, placas o vallas publicitarias resistentes, en un lugar bien visible para el público, con información sobre el proyecto, en el que se mencionará la cofinanciación de la Unión Europea, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el IDAE y la Junta de Andalucía, conforme al modelo de cartel/placa establecido.

Opcionalmente, para obras que requieran la instalación de andamios exteriores, se podrá complementar la información referente a la ayuda del Fondo Europeo con la instalación de un cartel o lona, de carácter temporal, fijado en el andamio o instalación que recubra la fachada del edificio mientras dure la obra, y en todo caso conforme a lo dispuesto y de acuerdo a las ordenanzas municipales correspondientes. El cartel deberá tener un tamaño suficiente para que sea perfectamente visible y legible e incluir claramente el título del proyecto y la denominación e imagen del Programa y mencionar la ayuda económica otorgada por la Unión Europea, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el IDAE y la Junta de Andalucía. Ejemplos de lona de andamio.

Tanto el cartel como la lona pueden ser compatibles con patrocinios publicitarios, pero un porcentaje importante del mismo se debe de dedicar a la información sobre la ayuda del Fondo Europeo, y ocupar el lugar más visible y legible para el público.

En un plazo de tres meses, a partir de la conclusión de la operación, el receptor de la financiación colocará, en un lugar bien visible para el público, un cartel o placa permanente de un tamaño mínimo A4, donde se indicará el nombre y el objetivo principal de la operación y se mencionará la cofinanciación de la Unión Europea, así como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el IDAE y la Junta de Andalucía, conforme al modelo de cartel/placa establecido, que deberá permanecer por un periodo de, al menos, 4 años.

  • Así mismo, todos los beneficiarios deberán incluir en su web corporativa, en caso de disponer de ella, y en sus cuentas en los medios sociales, una breve descripción de la operación con sus objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión Europea, en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, del IDAE  y de la Junta de Andalucía, según el siguiente texto tipo:

"(Beneficiario) ha recibido una ayuda de la Unión Europea con cargo al Fondo NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Trasformación y Resiliencia, para (denominación de la actuación/proyecto) dentro del Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética de edificios existentes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, gestionado por la Junta de Andalucía, a través de la Agencia Andaluza de la Energía.”

Además, junto al texto es recomendable la inclusión de los logos referentes al Programa según el siguiente ejemplo:

  • Los organismos y entidades públicas beneficiarios de incentivos que están sujetos a la Ley de contratación pública deben llevar la publicidad de la cofinanciación de la Unión Europea en toda la documentación del expediente de contratación referido a la actuación incentivada (convocatorias de ayudas; formularios de solicitudes de ayudas; notificaciones de concesión; anuncios de licitación; pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas; contratos administrativos; trabajos presentados por el contratista como estudios, informes, encuestas; convenios de colaboración; otros).

En este sentido, deben incluir, tanto en su encabezamiento como en su desarrollo la siguiente referencia: “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Junta de Andalucía”. (Descarga ejemplo de documento)

  • Todos los destinatarios de las ayudas deberán proporcionar al órgano instructor de las ayudas, quien a su vez facilitará al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), la información necesaria para su inclusión en la lista pública de operaciones que será objeto de publicación electrónica o por otros medios.

Para realizar consultas relativas a la aplicación y uso de las medidas de publicidad accede Resuelve tus dudas y selecciona el tema de consulta: Rehabilitación energética de edificios (PREE). En el siguiente enlace puedes acceder al manual de uso de este soporte de ayuda.

Versión junio 2023.